Buscar este blog

lunes, 14 de octubre de 2019

INCONSTITUCIONALIDAD DNU RIESGOS DEL TRABAJO - DECLARAN INCONSTITUCIONAL EL DNU SOBRE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO CAUSAL Y CONCAUSAL. - Por: ADRIAN FIGUEROA DIAS - Página 12 - RETROACTIVIDAD DE LA LEY --- NORMA IMPROPIA DEL ESTADO DE DERECHO --- INCONSTITUCIONAL REDUCIR INDEMNIZACIONES POR DNU --- VIOLA PRINCIPIOS PROTECTORIO Y DE PROGRESIVIDAD --- REGRESIVIDAD INCONSTITUCIONAL --- VIOLA ART. 14 bis CONSTITUCIÓN NACIONAL --- CARGA A TRABAJADORES ACCIDENTADOS CRISIS ECONÓMICA Y RENTABILIDAD EMPRESAS --- ESTADO ES EL GARANTE SUBSIDIARIO DE LA SALUD --- ACTO DE INJUSTICIA PROVERBIAL --- LENGUAJE INCLUSIVO


Resultado de imagen para FOTO JUEZ SEGURA



DECLARAN INCONSTITUCIONAL EL DNU SOBRE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO CAUSAL Y CONCAUSAL. 

Como adelantó Página/12, el juez Alejandro Segura consideró que la retroactividad planteada en el decreto que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo o muerte viola la legislación vigente. El fallo sostiene que la norma firmada por el Presidente es "de carácter burdo" e "impropia del Estado de derecho".
Por Adrian Figueroa Diaz  

El juez laboral Alejandro Segura declaró la “inconstitucionalidad” al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Macri que redujo las indemnizaciones por accidente de trabajo. 

El fallo que resuelve una demanda presentada por el periodista Miguel Ángel “Tití” Fernández y sienta precedente para casos similares, invalida la aplicación retroactiva de esa medida, cuestiona al Gobierno por transferirle a los trabajadores “las cargas de su fallida política económica”

….El punto central del fallo de 188 página pone en tela de juicio el artículo 3º del DNU 669/2019, que indica que la reducción en las indemnizaciones “se aplicará en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”. 

Es decir, que la variación del cálculo indemnizatorio debe aplicarse para atrás, de manera retroactiva. Tal como lo adelantó este diario, Segura rechazó de plano esa interpretación y resolvió que el decreto no puede afectar las causas que ya estaban en marcha, contradiciendo así a la ley 24.557 de Riesgo de Trabajo. 

Según explicó a Página/12, el DNU viola dos principios básicos establecidos en la Constitución: 

“El protectorio, que indica que las normas a aplicarse deben ser las más favorables al trabajador; y el de progresividad, que determina que los derechos sociales se reconocen sobre estándares crecientes y sobre los cuales no se puede retroceder”. 

“Si bien se puede modificar la legislación hacia adelante, es burdo hacerlo hacia atrás, viola toda jurisprudencia. Las leyes pueden ser retroactivas salvo que afecten garantías constitucionales”, dijo. Y en el DNU de Macri “claramente hay un cercenamiento de la cuantía indemnizatoria que no resulta conveniente para los trabajadores”. 

Esa regresividad, añadió, “ofende al sistema constitucional” y va a contramano de artículo 14 bis “que, dicho sea de paso, está escrito en futuro, es decir que da un mensaje hacia adelante; hacia donde está ‘la utopía’, como decía el Eduardo Galeano”, fundamentó el juez que en su fallo citó tanto a ese escritor uruguayo como a los papas Pablo VI, Juan Pablo II y Francisco, y a otra personalidades de la cultura. 

Segura se expidió en una causa iniciada por “Tití” Fernández, que reclamó a la aseguradora de riesgos de trabajo Experta ART SA y a Galeno ART una indemnización por las afecciones cardíacas que sufrió tras la muerte de su hija, mientras él trabajaba en la cobertura del Mundial de Brasil 2001 

Si el criterio del DNU se aplicara, la demanda de Fernández quedaría atrapada en una retroactividad que haría que el periodista cobrase menos de lo que establecía la legislación vigente antes del decreto. 

Ahora, tras el fallo de Segura, las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales. 

Lo que se espera con esto es que las ART presenten una apelación y que la Cámara resuelva si ratifica o rechaza la medida. Mientras tanto, el fallo es aplicable al caso de Fernández y sienta un precedente para todas las demandas similares. 

Uno de los fundamentos que expuso el DNU para reducir las indemnizaciones fue la transformación de las variables “macroeconómicas” que afectaron los activos y las utilidades de las empresas aseguradoras. Sin embargo, para el juez este criterio es erróneo porque “se les hace pagar a los trabajadores la crisis económica y de rentabilidad de las empresas”. 

Al respecto citó como antecedente la decisión de la Secretaría de Energía cuando en 2018 dictaminó un aumento en las tarifas de gas para cubrir las pérdidas de las distribuidoras producto de la devaluación. 

“Si como dice el DNU, las variables macroeconómicas producen una crisis en las empresas, esa crisis debe ser afrontada por el Estado en tanto garante subsidiario de la salud, y no por los trabajadores”, explicó a este diario. 

..En este sentido, Segura aclaró que este aspecto de su decisión no apuntó a cuestionar la política económica del macrismo, aunque sí el hecho de que al menos esa medida tiene “el propósito de beneficiar a las aseguradoras” y “no una mirada favorable a los trabajadores, que es lo que debe procurar toda legislación”. 

“Es un acto de injusticia proverbial”, concluyó. Lxs trabajadorxs Otro de los aspectos que llamó la atención del fallo fue la inclusión del lenguaje inclusivo. Lo que ocurre es que él fue uno de los pocos magistrados que participó del curso de formación bajo la Ley Micaela “Cuando lo hice nací de nuevo en términos de plantarme frente a la realidad y ver un montón de cosa del patriarcado que yo mismo incurría –dijo-. El lenguaje implica una manifestación de poder y la Justicia es un buen comienzo para sepultar el patriarcado.” 

El fallo tiene también algunas pistas, por ejemplo plantea que es evidente que el DNU fue redactado “por alguien que no conoce el derecho civil” y fue elaborado sobre la invocación del “ethos matancero”. 

“Soy un hombre de La Matanza y mi impronta está anclada en el ser matancero”, dijo y recordó al fallecido obispo Rodolfo Bufano, que presidió la misa con Juan Pablo II en el mercado Central en la que se ratificó la “opción preferencial por los pobres” de la Iglesia. Aquella que, “tiene una mirada favorable a los trabajadores, como toda legislación tiene que tener

Resultado de imagen para fotos LEYES INCONSTITUCIONALES

No hay comentarios:

Publicar un comentario