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jueves, 2 de abril de 2015

ESTUDIOS CRÍTICOS DE DERECHO DEL TRABAJO - Escriben: Moisés Meik, José Luis Monereo Pérez, Nicolás Iñigo Carrera, Fabián Fernández, Antonio Baylos Grau, Julia Soul, Mario Elffman, Carlos A. Toselli, Osvaldo R. Battistini, Juan Ignacio Palacio Morena, Ángel E. Gatti, Wilfredo Sanguineti Raymond, David Duarte, Miguel Canessa Montejo, Oscar Zas, Matías Cremonte, Guillermo Pérez Crespo, Ricardo Antunes, Julio C. Gambina, Víctor R. Trionfetti, Ricardo Cornaglia, Antonio Loffredo, Héctor Hugo Barbagelata, Hugo Barretto Ghione, Guillermo Gianibelli, Umberto Romagnoli.

ESTUDIOS CRÍTICOS DE DERECHO DEL TRABAJO -
Escriben: Moisés Meik, José Luis Monereo Pérez, Nicolás Iñigo Carrera, Fabián Fernández, Antonio Baylos Grau, Julia Soul, Mario Elffman, Carlos A. Toselli, Osvaldo R. Battistini, Juan Ignacio Palacio Morena, Ángel E. Gatti, Wilfredo Sanguineti Raymond, David Duarte, Miguel Canessa Montejo, Oscar Zas, Matías Cremonte, Guillermo Pérez Crespo, Ricardo Antunes, Julio C. Gambina, Víctor R. Trionfetti, Ricardo Cornaglia, Antonio Loffredo, Héctor Hugo Barbagelata, Hugo Barretto Ghione, Guillermo Gianibelli, Umberto Romagnoli.

}(*) “Desde hace tiempo un conjunto de abogados laboralistas, nucleados en la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL), hemos venido debatiendo sobre la necesidad de un texto sistémico y profundo que exprese y sirva a lo que les da identidad: la existencia de un pensamiento crítico y alternativo de inequívoca defensa de los intereses de los trabajadores.
Una identidad que obviamente nunca ha sido ni será neutral, ya que medio siglo antes de que lo expresara la actual Corte Suprema de Justicia de la Nación, y desde su origen, consideramos al trabajador como sujeto de preferente tutela en las relaciones de trabajo.
Nuestro modo de concebir la realidad, desde la óptica de los trabajadores, explica nuestra enérgica afirmación de voluntad de expresarnos a través de estos textos.
Esta señalada visión alternativa y crítica reúne a autores de distintas procedencias, nacionales e internacionales, académicos, de la magistratura, juristas del trabajo pero también de disciplinas con las que éstos dialogan indispensablemente: la economía, la sociología, la historia.
El marco común convocante está delimitado por esa asunción de identidad de la defensa de los derechos y los intereses de los trabajadores frente a la desigualdad social y los poderes económicos.
Una identidad que nos compromete y define a los numerosos abogados laboralistas como el compromiso existencial de un modo de vida más que como un medio de acción privada profesional, desde lo ético, lo jurídico y lo político.
Con todo ello, nos proponemos incidir en un debate no exento de principios y valores y que pone en contacto el derecho con la economía.
Una opción que nos ubica dando preponderancia en nuestra problemática al derecho tuitivo sobre el mercado y sus mercaderes.
Una opción que apuntala progresiva y linealmente la preferente desmercantilización de las relaciones laborales.
En el marco de un pluralismo necesario, como matices de nuestra asumida sensibilidad social, el derecho del trabajo es concebido como una importante herramienta de inclusión social, de ciudadanía de la persona del trabajador dentro y fuera del ámbito cotidiano de trabajo y, desde esa perspectiva, de democratización de toda la sociedad.
Más allá de los matices, esta obra aspira a demostrar que de su contenido se desprende la sólida formación de una cultura jurídica de los iuslaboralistas que han participado en ella y que representa, a su vez, a nuevas generaciones de intelectuales similares comprometidos en sucesivas décadas con estos valores".
*(Extractado de la presentación)

Escriben: Moisés Meik, José Luis Monereo Pérez, Nicolás Iñigo Carrera, Fabián Fernández, Antonio Baylos Grau, Julia Soul, Mario Elffman, Carlos A. Toselli, Osvaldo R. Battistini, Juan Ignacio Palacio Morena, Ángel E. Gatti, Wilfredo Sanguineti Raymond, David Duarte, Miguel Canessa Montejo, Oscar Zas, Matías Cremonte, Guillermo Pérez Crespo, Ricardo Antunes, Julio C. Gambina, Víctor R. Trionfetti, Ricardo Cornaglia, Antonio Loffredo, Héctor Hugo Barbagelata, Hugo Barretto Ghione, Guillermo Gianibelli, Umberto Romagnoli.

La Asociación de Abogados Laboralistas se creó en Argentina en el año 1958 con el propósito de agrupar a los abogados que ejercen la profesión y sostienen que el Derecho Laboral debe tener como postulado fundante la protección y promoción de los derechos de los trabajadores. Asimismo tiene como objetivos bregar por el funcionamiento de una Justicia que haga efectivos en tiempo y forma dichos derechos, y la defensa de los intereses de los abogados litigantes.
Se reconoce como ideológica y políticamente pluralista, pero no neutral, ya que considera que el trabajador es el sujeto de preferente tutela. Cobija en su seno a todas las expresiones del pensamiento iuslaboralista, siendo absolutamente independiente del Estado, de los partidos políticos y de las asociaciones sindicales.
A todos quienes militan en la Asociación los une un sueño: contribuir a la construcción de una sociedad justa e igualitaria, en la que cada persona pueda desarrollar todas sus potencialidades físicas y espirituales, procurando una equitativa distribución de la riqueza. Por ello es y será un espacio de pensamiento crítico.
MOISES MEIK Y GUILLERMO GIANNIBELLI -
ESTUDIOS CRÍTICOS DE DERECHO DEL TRABAJO -

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