EL NUEVO CODIGO CIVIL QUITO 20 M. AL CAMINO DE SIRGA
La modificación impulsada por Larraburu y Pichetto propone retornar a los márgenes establecidos en la legislación derogada. Además extiende la servidumbre de paso a los cursos y lagos no navegables.
Jueves 9 Oct 2014 | 18:05
DeBariloche
A un día de promulgado el nuevo Código Civil, los senadores del FpV Silvina García Larraburu y Miguel Pichetto impulsaron una modificación para "purgar constructivamente" la nueva regulación del "camino de sirga" que redujo en 20 metros la franja libre que deben respetar los propietarios de inmuebles linderos con cauces o lagos "aptos para el transporte por agua".
La reforma y actualización del Código, que en su artículo 1974 lleva de 35 a 15 metros, pasó inadvertido para los ciudadanos y organizaciones que bregan por la defensa de las costas libres.
La corrección redactada por Larraburu y acompañada por Pichetto propone restituir al camino de sirga su dimensión anterior y restringir toda construcción o "acto que menoscabe" el libre tránsito sobre esa franja de terreno de 35 metros.
La corrección redactada por Larraburu y acompañada por Pichetto propone restituir al camino de sirga su dimensión anterior y restringir toda construcción o "acto que menoscabe" el libre tránsito sobre esa franja de terreno de 35 metros.
Pero además introduce una aclaración importante en relación a los derechos ciudadanos sobre ese espacio de tránsito público al señalar que "todo perjudicado puede pedir que se remuevan los efectos de los actos violatorios".
También crea el artículo 1974 bis que hace extensible la servidumbre de tránsito a los ríos, lagos y montañas ubicados dentro de una propiedad privada o colindante con un inmueble particular que tengan interés público.
Esa definición queda reservada a a las autoridades jurisdiccionales que tendrán la responsabilidad de declarar el lugar de "interés turístico o deportivo" y definir las características y condiciones de los caminos y márgenes de acceso.
Esa definición queda reservada a a las autoridades jurisdiccionales que tendrán la responsabilidad de declarar el lugar de "interés turístico o deportivo" y definir las características y condiciones de los caminos y márgenes de acceso.
Colaboradores de Larraburu explicaron a "DeBariloche" que la modificación no fue defendida durante la reforma del Código Civil porque la senadora no estuvo en la votación y los planteos previos que realizó durante el trabajo en comisión fueron descartados por sus pares.
También aclararon que se mantiene el concepto de camino de sirga, que contempla el derecho de tránsito, y no se avanzó con una definición más tajante de espacio de uso público, como reclaman algunas organizaciones ambientalistas, por el riesgo de superposición de conceptos.
El texto legislativo, que también fue compartido a la senadora Magdalena Odarda para que adhiera, destaca los "riesgos que la reducción de camino de sirga trae aparejados para nuestro suelo argentino".
También señala que "el camino público cumple una misión fundamental tanto para preservar los ecosistemas costeros como para garantizar la libre circulación y acceso a los bienes naturales de dominio público, como son los ríos".
El proyecto advierte que "luego del nuevo Código, miles de kilómetros cuadrados, actualmente de uso público, dejarán de serlo y veremos como se corren los alambrados sobre las orillas de los ríos públicos impidiendo su acceso y goce por la población".
La iniciativa también recoge algunos ejemplos del avance privado sobre cursos de agua que constituyen importantes recursos turísticos, entre los que señala la explotación de pesca sobre los ríos Traful, Caleufu y Chimehuin (Neuquén), la restricción de ingreso a la laguna Llum (del parque Nahuel Huapi) o el cobro de acceso a la cumbre de los cerros Uritorco y De la Cruz (Córdoba).
Además recoge la declaración de libre acceso a montañas, río y lagos, suscrita en Bariloche por autoridades y organizaciones locales en octubre de 2010 como antecedente de la lucha ciudadana por las costas libres.
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