UNA
PROPUESTA VIABLE: RENTA BÁSICA UNIVERSAL (RBU) - Autoria:
“…lo
primero que debemos hacer es “mirar a la bestia en los ojos” y “ponernos al
nivel de la tragedia que estamos viviendo”[1]
Sumario:
II. Una propuesta viable:
Renta Básica Universal (RBU).
III. Las características de la RBU.
IV. Breve referencia a los
orígenes de esta idea.
IV.1. Europa.
IV.2. América.
V. El enfoque de desarrollo humano y de derechos humanos.
VI. Viabilidad económica
en nuestro país.
VII. Los organismos internacionales: OIT y CEPAL.
I.
INTRODUCCIÓN
El contexto pandémico en el que nos
encontramos, que nos desorienta y atraviesa la totalidad de nuestras vidas y de
nuestros cuerpos, que nos hace sentir inmersos en lo que considerábamos un futuro
de ciencia ficción, de películas distópicas,
que está produciendo efectos catastróficos impensados tan sólo unos
meses atrás, que seguramente se profundizará, no sólo nos habilita sino que nos
resulta imperativo buscar nuevas y distintas formas, nuevos acuerdos y arreglos
institucionales para hacer frente a esta realidad, y nos impulsa a repensar el
tipo de sociedad en la que queremos vivir y su viabilidad.
Por eso, creemos que la Renta Básica Universal
puede ser el camino o un cambio posible.
Ante esta inédita e inesperada situación,
pensadores y filósofos “en boga” de todas las latitudes vienen publicando sus
posturas, están quienes tienen visiones que van desde un pesimismo irredento
hasta quienes se fuerzan en imaginar un futuro más igualitario, también están
quienes hablan de reinvención del capitalismo o de búsquedas de formas más
comunitarias de vida[2].
Lo que sí es dable afirmar, con basamento en
las proyecciones y diagnósticos efectuados por los organismos internacionales,
por ejemplo, CEPAL, es que habrá una mayor desigualdad en la distribución del
ingreso en todos los países de la región: el índice de Gini se incrementaría
entre un 1% y un 8% (6 % o más en Argentina) y la actividad económica caería el
9,1%.
Asimismo, este organismo pronostica que la
economía mundial experimentará su mayor caída desde la Segunda Guerra Mundial y
el producto interno bruto (PIB) per cápita disminuirá en el 90% de los países,
en un proceso sincrónico sin precedentes.
En América Latina y el Caribe la cantidad de personas
en situación de pobreza se incrementará en 45,4 millones en 2020, con lo que el
total de personas en situación de pobreza pasaría de 185,5 millones en 2019 a
230,9 millones en 2020, cifra que representa el 37,3% de la población.
Dentro de este grupo, el número de personas en
situación de pobreza extrema se incrementaría en 28,5 millones, pasando de 67,7
millones de personas en 2019 a 96,2 millones de personas en 2020, cifra que
equivale al 15,5% del total de la población.
Para Argentina se proyecta un incremento del 3,10 % la
extrema pobreza y el 10,8 % la pobreza (nuestro país es el que tiene los
índices más altos de incremento).
No obstante, es necesario recordar que antes de la
crisis sanitaria desatada por el Covid 19 en Argentina, la pobreza fue in
crescendo (previo al sangriento golpe de estado de 1976, la distribución de la
riqueza y la participación de la clase obrera en el PBI había llegado a cifras
máximas en nuestra historia).
En el año 1974 la pobreza rondaba el 4%, en octubre de
1982 había llegado al 21,6% para descender al 14,2 en 1985 y nuevamente empezar
el camino de ascenso[3].
Es decir que, este contexto pandémico se
produce en un mundo caracterizado por un porcentaje muy alto de problemas de
distribución del salario, desempleo, trabajo precario, tecnificación
exponencial, pobreza, indigencia con más el fenómeno de la globalización[4].
Bifo Berardi escribió que “El virus es la
condición de un salto mental que ninguna prédica política habría podido
producir. La igualdad ha vuelto al centro de la escena. Imaginémosla como el
punto de partida para el tiempo que vendrá”[5].
Siguiendo esta línea de pensamiento,
atrás debería quedar ese mundo escueto, limitado, para pocos, con
concentraciones obscenas de la riqueza y conductas con desparpajo, con millones
de desocupados, excluidos, expulsados y marginados, de trabajo esclavo, trabajo
infantil, trata de personas, de una estructura capitalista destructiva e
insaciable que mercantiliza todo y a todos, y que, nos muestra su falacia en
cuanto al mito del crecimiento ilimitado, que ha puesto ante nuestros ojos lo
evidente: la Tierra es finita y no alcanza a recomponerse de la depredación
humana.
II. UNA PROPUESTA VIABLE:
RENTA BÁSICA UNIVERSAL (RBU)
Realísticamente, y dentro de nuestro sistema,
comenzamos a vislumbrar algunas formas, acuerdos, arreglos institucionales más
solidarios y más redistributivos, pero para ello debemos -muchas veces-
auscultar nuestras propias ideologías, empujar los límites, expandirnos
conceptualmente, permitirnos ciertas audacias de pensamiento.
Afirmo tales cosas porque a la RBU la
defienden y la detractan desde zonas ideológicas y políticas opuestas, y
también desde distintas posturas filosóficas[6].
Cabe
citar al joven historiador holandés Rutger Bregman, quien en su libro “Utopía
para realistas” sostiene que la renta básica es una inversión, sistematiza las
experiencias realizadas en distintas lugares y épocas, y repasa los argumentos
en favor (y también en contra) de la iniciativa.
Este
autor defiende a la renta básica argumentando que permitiría a la gente a
desestimar trabajos que realmente no quiere. Y si bien, hay quienes han
considerado a Bregman como antisistema,
en tanto resalta la capacidad del capitalismo en generar trabajos inútiles, el
propio autor se ha encargado de defender al capitalismo en su libro, al afirmar
que es un "motor de prosperidad", y agregar que es una plataforma
sobre la que arrancar y que le concederá a todo el mundo una herramienta para
arriesgarse y emprender[7].
Así fue que, y como consecuencia de esta crisis global, de este
“hecho social total”, la RBU entró de lleno en la agenda pública de muchos
países a lo largo de todo el mundo, radicando la mayor diferenciación en los modos o formas de
financiamiento y en las reformas de las estructuras fiscales propuestas.
Por lo tanto, sea el momento de ensayar reformas de
fondo, ejecutando movimientos que requieran el consenso contundente de todos
los actores políticos y sociales.
Cuando hablamos de renta básica universal, nos referimos a la que
establece una renta básica individual, incondicionada y universal, la que
también suele llamarse renta de ciudadanía, subsidio universal garantizado,
ingreso ciudadano, ingreso mínimo, renta garantizada, pero, -reiteramos-, su
carácter distintivo con respecto a otras figuras o institutos es el carácter
individual, incondicionado y para todos.
Y si bien, podemos encontrar leves matices entre las distintas
propuestas y sus sostenedores, los mismos -en general- recaen sobre los modos y
fuentes de financiamiento[8].
Sus propiciantes conciben a la misma como un complemento de la sociedad
de bienestar que en modo alguno sustituiría a la salud, a la educación pública
ni a otras funciones que son consideradas como propias del estado, sino que,
reemplazaría a distintas clases de subsidios, por ejemplo, el de desempleo.
Es decir, el estado sustituiría
todos o casi todos los subsidios directos por un pago mensual -también directo-
que cada persona podría gastar como desee.
No
es un subsidio, es incondicionado y no requiere ningún requisito salvo el de la
ciudadanía o residencia, que dependerá de las legislaciones de cada país;
tampoco es temporal (se lo concibe sine
die) y no exige ningún tipo de contraprestación (trabajo) o condicionamiento
o requisitos (como los son, por ejemplo: incapacidad -jubilación por
invalidez-, desempleo -seguro o subsidio por desempleo- o bien, poseer
determinada cantidad de hijos, no contar con trabajo, no poseer ingresos
habituales, etc.) ni sería objeto de rendición de cuentas.
Su aplicación depende de decisiones
políticas, desde que las mismas tienen una potencialidad de transformación en
la distribución de los recursos que repercutirá en forma directa e inmediata en
la calidad de vida de las sociedades.
Siguiendo
a Luís Torrens (2017), coincidimos (en parte) en que la destrucción de puestos
de trabajo o bien, su precarización, por las múltiples razones conocidas
(tecnología, radicación de factorías, globalización, disminución del poder
adquisitivo de los salarios en oposición a la transferencia de ingresos del
trabajo al capital, etc.) “[…] ha servido para disciplinar a la masa de
trabajadores”[9].
Agregando
el mismo autor que: “El factor principal de esta capacidad disciplinaria es la
existencia de una gran parte de población que debe trabajar para tener ingresos
[…] que está precisamente sin empleo. Cuando la posibilidad de despido se
convierte en algo cada vez más frecuente en una situación de crisis, la
población trabajadora está más dispuesta a aceptar condiciones laborales
peores. La RB representaría una herramienta muy poderosa para debilitar esta
capacidad disciplinadora del capital” [10]/[11].
III. LAS
CARACTERÍSTICAS DE LA RBU
1.
Periódica:
Debe pagarse a intervalos regulares (por ejemplo, mensual). No en un
solo pago.
2.
Pago en efectivo:
Es decir,
debe utilizarse un adecuado medio de cambio, que le permita a quien lo recibe
decidir en la forma en que desea utilizarlo. Tampoco deben entregarse vouchers
para ser utilizados en determinados comercios o lugares.
3.
Individual:
Individual, personal, no corresponde por familia ni por otro tipo de
condición.
4.
Universal:
Para todos sin necesidad de
acreditación o condición alguna, por el solo hecho de ser humano.
5.
Suficiente:
No sólo para la
contingencia, sino como plausible herramienta para que todas las personas dispongan de una base material
suficiente para garantizarse una existencia social autónoma. Ciertos mínimos,
ciertos umbrales. Cada país determinará qué es lo que considera posible y
viable.
6.
Incondicional:
Sin necesidad de
contraprestación alguna. Sin ningún requisito ex ante o ex post. Se evita la
estigmatización social, la exposición sobre las condiciones personales,
económicas, los test de ingresos, la discrecionalidad administrativa, así como
también los costes legislativos, las costosas burocracias administrativas de
implementación y de control, entre otros beneficios (costes de decisión y
transacción). Es decir, se desburocratiza, se busca la accesibilidad, se
propende a no generar dependencias asistenciales o clientelistas y se trata de
eliminar la maraña de programas focalizados, que muchas veces se encuentran
descoordinados o bien, se superponen entre sí hasta dejar afuera a quienes los
necesitarían, pero no reúnen los requisitos de “elegibilidad”.
Al configurar una base de seguridad universal,
permite focalizarse en otros problemas específicos, dejando libres amplios
sectores de las administraciones, de esta manera, también se completa y
apuntala todo el sistema de protección, pudiendo invertirse energías y recursos
en dar respuesta a otras cuestiones, es decir, es un buen piso a partir del
cual se puede comenzar a construir.
Luego de caracterizar la
RBU, la definiré como un acuerdo o arreglo institucional con el objetivo de
implementar programas de transferencia universal a fin de constituir redes de
seguridad y de ingresos mínimos a toda la población como un derecho (de ciudadanía)[12].
IV. BREVE REFERENCIA A
LOS ORÍGENES DE ESTA IDEA
IV.1. Europa
Las “ideas”,
“instituciones” se originan en algún momento, en algún contexto, están
atravesadas por su historia, sus realidades y sus posibilidades.
Desde una mirada del
derecho -que comparto-, interesan sus condiciones de producción, cómo circula,
se aplica y se legitima. Por ello, resulta necesario pensarnos desde algún
lugar y algún momento, y parece ser que esta idea tuvo sus orígenes varios
siglos atrás[13], no obstante, y ubicándonos
en las últimas décadas, fueron dos economistas y filósofos contemporáneos
quienes comenzaron a darle forma y, sobre todo, visibilidad: Robert van der
Veen y Philippe Van Parijs, quienes en el año 1986 escribieron “Un camino
capitalista al comunismo”[14].
Cabe señalar que al
momento en que los autores reactualizaban esta idea se daba la finalización de la fase expansiva de los años 70, y
con ella la declinación del estado de bienestar.
La entelequia del pleno empleo (de los varones, los estudios de
mercado de trabajo todavía no tenían en cuenta la dimensión mujer como una
categoría analítica) se alejaba cada vez más.
La ciudadanía social y económica quedaba así fuertemente anclada
en el empleo formal y sesgada de forma androcéntrica, y las trayectorias
laborales comenzaban a vislumbrarse más precarias, fragmentarias e inciertas.
Ante el fenómeno del
paro de masas (producto de las nuevas políticas económicas) se implementaron
las llamadas políticas de "activación" de sistemas de protección
frente al desempleo, que dieron lugar a distintas medidas que presionaban a los
perceptores de las rentas mínimas o subsidios para la "vuelta al
empleo" y que tienen como modelo extremo el "workfare"[15]
de Estados Unidos de Norteamérica, "trabajo obligatorio a cambio del
subsidio".
Estas medidas consisten en controles
continuos del cumplimiento de las condiciones de las rentas, de planes de
inserción y de convivencia o cohabitación.
En general tienen como elemento común
el de estigmatizar a sus perceptores como inútiles, vagos, o que no intentan
encontrar un empleo con suficiente empeño, y que en consecuencia son una carga
para la sociedad.
Se pretendió hacer a los desempleados
responsables de su situación y de la mala oferta de empleo. De esta manera, se
logró abaratar los sistemas de protección, y sobre todo el mercado de trabajo
(en especial el menos cualificado) forzando a tomar cualquier trabajo en
cualquier condición…. (Recomendamos la película de Ken Loach “Yo, Daniel
Blake”).
En este contexto histórico comienza a tratarse
el tema, la discusión se institucionaliza, procurando darle continuidad y un
marco académico. Por ejemplo, el citado economista y filósofo Van Parijs en su
libro “Libertad Real para todos” la define:
“como un ingreso pagado por una comunidad política a
todos sus miembros de manera individual, independientemente de sus medios y no
a cambio de trabajo.
“No se trata de un subsidio, pues no está orientada a
un sector de la población, ni está referida a la relación con el trabajo y la
garantía de un trabajo.
“La única condición es el simple hecho de existir, se
convertiría en un derecho a ejercer derechos que posibilitaría a los ciudadanos
tener una base para la negociación a la hora de buscar empleo.
“La implementación puede ser de múltiples formas, no
obstante, debe quedar claro que se generen las condiciones de posibilidad para
la apropiación del tiempo libre y las condiciones sociales de producción de
riqueza, en otras palabras, la reapropiación del territorio.
“Además, que signifique para los trabajadores mayor
flexibilidad al elegir un trabajo; que socave el carácter coercitivo de la
relación laboral; que fuerce una remuneración mayor para aquellos trabajos no
atractivos, y que desligue los trabajos de la renta percibida, permitiendo una
valorización de los primeros en función de sus propiedades intrínsecas”.
Agrega que es una
idea que no dejará a nadie indiferente; una vez hayas oído hablar de ella, ya
no la podrá obviar, y aclara que no podrá instituirse si no se percibe
ampliamente como justa, equitativa y éticamente aceptable[16].
Basado en la concepción de la justicia como equidad defendida
desde la teoría liberal igualitarista de John Rawls (1971, 2001) toma como
fundamento el hecho de que no se puede responsabilizar a nadie de los recursos,
posiciones, y oportunidades sociales que le han sido adjudicados por la
“lotería” del azar natural y social, esto es, por aquellas circunstancias sobre
las cuales no ha tenido ningún control.
Por lo tanto, y dado que la erradicación de dicho azar y la
distribución igualitaria directa de tales posiciones y oportunidades resulta inviable (debido a factores
técnicos, económicos y de coordinación, unidos a la desigualdad de talentos y a la diversidad de preferencias
individuales) y podría entrar en conflicto con otros principios morales que
tenemos en alta estima, una sociedad justa debe establecer algún principio de
compensación aceptable en cuanto a la distribución de los “bienes primarios”.
Cuenta Van Parijs en una entrevista que le hicieran en la
Revista “Sin Permiso” que hoy en
día, “nos damos cuenta de que la parte de la remuneración que se atribuye al
trabajo presente tiende a reducirse. Cuando se le preguntó a Herbert Simon,
Premio Nobel de Economía norteamericano, qué parte de nuestros ingresos era
atribuible a nuestro trabajo en la actualidad, respondió:
“Siendo muy generoso, le diría que un 10 %”. El resto se explica
por el trabajo del pasado, las infraestructuras, las invenciones ¡Es un regalo!
Por ejemplo, si Edison no hubiera domesticado la electricidad, nuestra renta
sería menor. La idea de esta renta universal consiste en compartir de manera
más equitativa este regalo”[17].
También se ha fundamentado filosóficamente desde el
republicanismo que defiende “la libertad como autogobierno y como ausencia de
dominación y alienación” (Raventós, 2002: 30).
En Europa, debe resaltarse en la actualidad, el profuso trabajo
de difusión e investigación llevado adelante, sobre todo en Catalunia y desde
la Universidad Autónoma de Barcelona y el Instituto de Derechos Humanos de
Catalunia.
Podemos citar a economistas como Antoni Doménec, Daniel
Raventós, Jordi Arcarons, Lluís Torrens y David Casassas, miembros de la Red
Renta Básica de España.
Asimismo, Antoni Doménech (editor general fallecido en 2017),
David Casassas y Daniel Raventós fueron fundadores de la Revista Digital “Sin
Permiso” que nació en el año 2005 (En el Consejo editorial se encuentran desde
Van Parijs al argentino Rubén Lo Vuolo).
IV.2. América
En América,
el debate comienza unas décadas después (excepto en Argentina en la que es
receptada en los 90 y trataremos a continuación), podemos citar a la
“Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes” (DUDHE), que en su
artículo 1, tercer punto, incorporó a la RBU como derecho humano.
Esta
declaración tuvo su antecedente en el Foro Universal de las Culturas celebrado
en Barcelona en el mes de septiembre de 2004, el Institut de Drets Humans de
Catalunya (IDHC) organizó unas jornadas de diálogo con el título “Derechos
Humanos, Necesidades Emergentes y Nuevos Compromisos”.
El resultado
fue el Proyecto de Carta de Derechos Humanos Emergentes, un documento que
durante los tres años siguientes se debatió en diferentes espacios de
discusión. Finalmente, en el marco del II Foro Universal de las Culturas,
celebrado en Monterrey en 2007, se aprobó la DUDHE que es un instrumento
programático de la sociedad civil internacional dirigido a los actores
estatales y a otros foros institucionalizados para la cristalización de los
derechos humanos en el nuevo milenio.
El punto de
partida de la Declaración es la idea de que la sociedad civil desempeña un
papel fundamental a la hora de afrontar los retos sociales, políticos y
tecnológicos que plantea la sociedad global contemporánea.
Para ello se
dota de la DUDHE, un instrumento adicional para facilitar el conocimiento y el
debate entorno de los derechos humanos.
La DUDHE no
pretende sustituir ni cuestionar los instrumentos nacionales o internacionales
de protección de los derechos humanos existentes en la actualidad.
No pretende
negar ni descalificar la vigencia general de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Más bien,
pretende actualizarla y complementarla desde una nueva perspectiva, la de la
ciudadanía participativa[18].
En el año 2008 se
organizó el Seminario Iberoamericano por el Ministerio de Desarrollo Social de
Uruguay en la ciudad de Montevideo. En ese año también se constituyó la Red
Latinoamericana de Reta Básica, integrándola a la fecha Argentina, Chile,
Uruguay, Costa Rica Guatemala y México.
Argentina: “El
principal antecedente que reconoce la idea de aplicar un ingreso de ciudadanía
integrado a una reforma tributaria fue un proyecto de ley presentado en 1997
por Elisa Carca y Elisa Carrió, por entonces, diputadas nacionales de la Unión
Cívica Radical.
El proyecto
disponía la creación de un “Ingreso Ciudadano para la Infancia” (INCINI),
consistente en el pago directo y en dinero de un ingreso, en cabeza de la
madre, a todos los menores desde el cuarto mes del embarazo y hasta los 18 años
de edad”[19].
El INCINI extendía el beneficio del
programa de asignaciones familiares a la totalidad de los niños del país, con
independencia del estatus laboral y del ingreso de los padres. Para su
financiamiento, el proyecto planteaba un Fondo del Ingreso Ciudadano para la
Infancia (FINCINI) cuyos recursos provendrían de cuatro fuentes principales:
---i) el
programa de asignaciones familiares para lo cual se mantendría en vigencia la
tasa contributiva que grava a los salarios;
---ii) la
reforma del impuesto a las ganancias de las personas físicas, que contempla la
eliminación de las exenciones fiscales de determinadas rentas (principalmente,
la inclusión como sujeto impositivo de las rentas financieras y los dividendos
distribuidos por las sociedades de capital);
---iii) la
eliminación de las deducciones por cargas de familia del impuesto a las
ganancias de las personas físicas;
---iv) el
cofinanciamiento de las provincias atento a que, como resultado del INCINI,
éstas verían disminuir las demandas asistenciales por parte de las familias.
En los
hechos, el aporte provincial consistiría en la aplicación parcial de
transferencias fiscales que el gobierno nacional les destinaba para atender
situaciones de emergencia social.
El proyecto
perdió estado parlamentario, y fue reingresado, pero ya de la mano de Elisa
Carrió como diputada por el partido ARI, incluyendo el IC para infancias y
adultos mayores en su plataforma partidaria[20].
En el año 2000 el Instituto de Estudios y
Formación de la CTA retomó este proyecto con algunos matices en los mecanismos
y fuentes de financiación.
En el año
2001, la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) convocó a un amplio
espectro de organizaciones sociales para la formación de la Asamblea por la
Consulta Popular.
En julio del 2001,
la Asamblea acordó la puesta en marcha del Frente Nacional Contra la Pobreza
(FreNaPo). Con la consigna “Ningún hogar pobre en la Argentina”, el FreNaPo
continuó desarrollando un programa de acciones de movilización en torno a la
propuesta del seguro de empleo y formación para jefes/as de hogar desocupados y
de la asignación universal para niños y ancianos[21].
El reclamo de un ingreso mínimo para la niñez
devino en el Decreto P.E.N. 1602/09 -durante el gobierno de Cristina Fernández
de Kirchner-, que dio origen a la Asignación Universal por Hijo para la
Protección Social (AUH).
En cuanto a
la evaluación del impacto de la medida el análisis efectuado desde el
Ministerio de Economía de nuestro país permite concluir que la AUH genera una
reducción significativa en los indicadores de indigencia y de desigualdad y, en
menor medida, en los de pobreza[22].
Cabe aclarar, que todos estos programas no
revisten las características necesarias para constituir propiamente dicho una
RBU, pero son comienzos. Sobre todo, porque a nivel internacional se discutió
fuertemente acerca de su implementación paulatina, difiriendo las posturas con
relación a comenzar por los sectores en edad activa de la población, o por la
niñez.
Los
defensores de comenzar con los niños pudieron demostrar que comenzar por la
niñez genera impactos profundos sobre las tasas de indigencia y de pobreza.
La
fundamentación desde el republicanismo fue incorporada a principios de
debatirse la propuesta en Argentina. Ahora bien, la noción de republicanismo
está atravesada por la historia y las geografías, pudiendo remontarnos a la
antigua Roma.
No obstante, a fin de dar cierto
contorno de precisión cito a Roberto Gargarella, quien describe cuáles son
rasgos constantes y cómo se
articulan los engranajes fundamentales del republicanismo, quien al respecto
dice:
“Ante todo,
en su rechazo de la dominación y la tiranía, el republicanismo reivindicó una
idea robusta de libertad.
“Dicha
libertad precisaba, para su sostenimiento, de la virtud de los ciudadanos; y
dicha virtud, a su vez, requería de ciertas precondiciones políticas y
económicas.
“Un buen gobierno,
así, debía contribuir a mantener y desarrollar estas precondiciones, y apoyar
la presencia de ciudadanos virtuosos, políticamente activos.
“Quedamos
aquí de este modo enfrentados a lo que tal vez represente la principal
enseñanza del viejo republicanismo para nuestros días:
“ la idea de
que el auto-gobierno exige que las instituciones básicas de la sociedad -y así,
el modo en que se organiza el sistema de gobierno, y el modo en que se regula
la economía- queden bajo pleno control de los ciudadanos, y se orienten a
favorecer el ideal de ciudadanía asumido por ellos.”
“[…] “En
cuanto a las instituciones políticas de la sociedad, podría decirnos el
republicanismo, ellas deberían orientarse, en primer lugar, a asegurar la
independencia de las personas: a asegurar su no-dominación”[23].
Y justamente, un punto crucial en esta noción es la real necesidad de
que las personas dispongan de una base material suficiente para garantizarse
una existencia social autónoma, sin tener que depender de terceros, y de esta
manera, poder evitar el sometimiento a las mismas.
Por el contrario, nos apuntan, no
se puede lograr el autogobierno de quienes no disponen de base material para su
subsistencia y por ende, no puede considerárselos libres.
Para los republicanos democráticos,
todo el mundo debe ser libre, y todo el mundo debe tener derecho a una base
material mínima que garantice su derecho a la existencia y, consecuentemente, a
la libertad.
La RBU, sostienen es el instituto
más idóneo para cumplir con esas premisas.
“En lugar de inspirarse en los
principios del productivismo
o crecentismo de la "sociedad de trabajo", remite a un
republicanismo que no funda el sentido de la vida en el par
productivismo-consumismo, sino en los principios del bien común, el apoyo mutuo
y la equidad.
“ La Renta Básica Universal así
entendida facilitará afrontar ordenadamente cambios que una ética de respeto a
la vida humana en particular y de los seres vivos en general hace
insoslayables, como la reducción o eliminación de trabajos alienantes o
ecológicamente insostenibles, así como el reparto de los trabajos necesarios”[24].
V. EL
ENFOQUE DE DESARROLLO HUMANO Y DE DERECHOS HUMANOS
Desde México Pablo
Yañez, integrante de la Red mejicana de RBU afirma que hoy día es un asunto que
cobra actualidad, pertinencia, urgencia y viabilidad tratándose de una
coyuntura límite, y asume la propuesta desde un enfoque de desarrollo humano.
A su vez nos invita a hacer un ejercicio o evaluación
contrafactual, en cuanto a cómo sería la situación de Latinoamérica ante esta
crisis si ya se hubiera implementado una RB.
Nos invita a pensar en una nueva
institucionalidad social en donde se reblandezcan las relaciones de jerarquía y
dominación en la sociedad, nos invita a pensar en una nueva organización
social.
El concepto de desarrollo humano se basa o
fundamenta con el enfoque de capacidades que resultan centrales para el
análisis de las desigualdades, y la pobreza, y estas capacidades son la
agencia, el empoderamiento y la autonomía.
En tal sentido, en el enfoque de capacidades
no se pone el énfasis en cómo abastecer a un grupo desfavorecido, sino más bien
en cómo reforzar su capacidad de
acción y lograr una sociedad más justa, mediante la expansión de las opciones y
capacidades de las personas para construir en libertad su propio proyecto de
vida.
Lo que implicaría la creación de entornos
sociales que posibiliten a las personas ejercer su libertad efectiva de elegir
entre formas de vida.
Se
trata de lograr autonomía no solo personal sino, también, social y que destacan
el derecho a una cultura, a identidad propia, memorias, tradiciones, lenguas,
prácticas, valores, conocimientos y aspiraciones que dan sentido a la vida de
las personas.
La
desigualdad no sólo afecta el acceso a bienes y servicios, sino que también
limita la facultad de las personas para generar metas y su capacidad de
agencia, como el grado de funcionamiento autónomo, es lo que llamamos, la posibilidad de la superación de múltiples
pobrezas, y la referencia a este concepto superador de la carencia económica
resulta importante.
Cuando me refiero a múltiples
pobrezas lo hago dentro de la línea trabajada por María Teresa Sirvent, quien
afirmaba que más allá de la pobreza económica, hay
pobrezas educativas, culturales y políticas, y que están basadas en la
desigualdad, con una alta concentración de recursos en pocas manos, con grandes
brechas entre ricos y pobres, el concepto de múltiples pobrezas abarca el
estudio de una compleja realidad de “pobrezas” en relación con carencias en la
satisfacción de necesidades fundamentales, pero no tan obvias, como la
necesidad de pensamiento reflexivo o de entendimiento y la necesidad de participación
social y política[25].
Por lo tanto, hablar de desarrollo humano sólo
focalizado en el acceso a ciertos bienes y servicios, no es completo si las
personas no pueden participar autónomamente en procesos de decisión en sus
hogares y comunidad, sino pueden efectuar cambios y controlar sus destinos.
Indudablemente,
cuando la autonomía es baja, las personas sienten la
presión de demandas, estándares, reglas y expectativas externas.
La
agencia y la autonomía son entonces difíciles de alcanzar para personas que
están acostumbradas
al control externo y que dependen del mismo para su autoestima.
Es
decir que, no sólo se busca la satisfacción de las necesidades básicas, el
acceso equitativo a servicios tales como la educación o salud; sino, también,
lograr la toma de conciencia de las condiciones de exclusión en que se vive; y
capacidad de participación o movilización, en donde se pueden toman decisiones
para transformar las condiciones de exclusión; para, finalmente, poder llegar
al control de las propias decisiones y que las mismas sean reconocidas.
VI. VIABILIDAD ECONÓMICA
EN NUESTRO PAÍS
En medio de la renegociación con los
acreedores externos, con una economía que hace años no crece, los estímulos
para la recuperación provendrán del Estado.
Las medidas que se ensayen en
este tiempo tendrán impacto inmediato y repercusión en el mediano plazo. Pero,
aunque parezca un contrasentido, la mira no debe estar puesta en la coyuntura.
Quizá sea el momento de ensayar reformas de fondo, ejecutando movimientos que
requieran el consenso contundente de todos los actores políticos y sociales.
En ese sentido, a nadie escapa
que la estructura tributaria argentina adolece de serias deficiencias, desde el
punto de vista de la justicia fiscal. Nadie ignora que las reformas encaradas
en los años noventa arrojaron como saldo el deterioro del tejido social. Luego
del desmantelamiento del estado de bienestar, a la salida de la convertibilidad
se intentó poner a las políticas públicas en escena.
Dada la imposibilidad de reconstruir el mercado de trabajo, se
utilizaron instrumentos de transferencia directa para aminorar los efectos de
la desocupación estructural. Se hizo un largo recorrido, desde los planes de
jefes y jefas de hogar, hasta la universalización de la seguridad social, a
través de la inclusión previsional y la asignación universal por hijo. Hoy día
se ha establecido el IFE.
Indudablemente,
ampliar el espectro de cobertura y llegar a lo que denominamos sistema de
protección de tercera generación implica una redistribución del gasto público,
pero, también, un incremento de la presión fiscal hacia el capital, (imposición
directa), a las transacciones financieras, así como medidas de personalización del IVA que admiten una amplia
variedad de instrumentación (al tratarse de un impuesto harto regresivo desde
que grava el consumo directo)[26].
VII. LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES: OIT Y CEPAL
La propia OIT no
se ha pronunciado al respecto en forma contundente, focalizando su propuesta en
algunos interrogantes, tales como:
---¿Cómo podemos garantizar al menos un nivel básico de protección
social para todos, es decir, un piso de protección social?
--- ¿Es
la introducción de una renta básica universal una solución política factible?,
precedidas por la siguiente reflexión:
“Este
intenso debate sobre la renta básica universal encuentra eco en muchas personas
que están preocupadas por el aumento de la inseguridad económica y social, las
crecientes desigualdades y las enormes deficiencias en la cobertura de la
protección social para la mayoría de la población mundial (OIT, 2014 y 2017b).
“Los efectos positivos que se atribuyen a la
renta básica universal se corresponden con algunos de los principios de la
seguridad social: proporcionar al menos un nivel básico de seguridad de
ingresos para todos, de forma que se proteja y promueva la dignidad humana y se
otorgue a las personas un margen de maniobra suficiente para que puedan
dedicarse a un trabajo decente y provechoso que les permita cuidar de sus
familias”[27].
Cepal 15/7/2010 Cepal: CEPAL (2020, 15)
reitera que el alcance de esas transferencias debe ser permanente, ir más allá
de las personas en situación de pobreza y llegar a amplios estratos de la
población muy vulnerables a caer en ella, como los estratos de ingresos bajos
no pobres y los medios bajos.
Esto
permitiría avanzar hacia un ingreso básico universal que se debe implementar
gradualmente en un período definido de acuerdo con la situación de cada país.
Esta
consideración es importante pues la superación de la pandemia tomará su tiempo
y las sociedades deberán coexistir con el coronavirus, lo que dificultará la
reactivación económica y productiva[28].
Para concluir, he comenzado este texto con
palabras de Franco Berardi, y como correlato de su pedido creo pertinente
concluirla con Paulo Freire, quien nos empuja a la acción (en este caso mirando
a la bestia a los ojos), y en crítica a las ideas burguesas posibilistas y a la
relación entre realidad y praxis, afirmaba Freire:
“este discurso es inmoral y absurdo. La
realidad no es así, la realidad está así. Y está así no porque ella quiera.
Ninguna realidad es dueña de sí misma. Esta realidad está así porque estando
así sirve a determinados intereses del poder” (Freire, 2003: 63).
Y
concluía: “La realidad no es, la realidad está siendo. Yo, como subjetividad
curiosa, que interactúa dialécticamente con esa realidad, no solo soy objeto de
la historia sino también sujeto de lo que va a pasar”.
Marta Felperín: Abogada por Facultad de Derecho UNR. Magíster en Administración, Derecho y Economía de los Servicios Públicos. por Universidad Carlos III de Madrid y Universidad del Salvador de Buenos Aires - Especialista en relaciones laborales, por Especialización para Expertos Latinoamericanos en Relaciones Laborales, Universidad de Castilla-La Mancha en colaboración con las Universidades de Bologna, Ferrara, Venecia y Verona Docente de grado y postgrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario; Docente estable de la “Maestría en DDHH”, Centro de Estudios Interdisciplinarios de la U.N.R., Miembro de la Comisión Directiva de la Asociación de Especialistas en Relaciones Laborales. Ex-Becarios de la Universidad de Bolonia, Centro Internacional de Formación de la OIT en Turín y de la Universidad de Castilla La Mancha (Sección Argentina), período 2020/2022. -Secretaria Académica del "Centro de Estudios e Investigaciones en DDHH "Prof. Juan Carlos Gardella" de la Facultad de Derecho, UNR. Miembro del equipo jurídico de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Rosario, años 1986-1990. - Miembro de la Comisión Directiva de la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario, 2005-2018 - Asesora jurídica de la Asociación del Magisterio de la Provincia de Santa Fe, de la Asociación de Prensa de Santa Fe (ciudad de Santa Fe), de la CTA T de la provincia de Santa Fe, Asociación Argentina de Actores Delegación Santa Fe, de la Lista Azul Nueva Esperanza del Sindicato del Cuero de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe- Asesora de sindicatos de trabajadores municipales y comunales
[1] BERARDI, Franco, “Necesitamos una subjetivación solidaria”,
MUNDO UNTREF, www.untref.edu.ar/mundountref/charla-franco-berardi, consultado el 23/09/2020.
[2] AGAMBEN, Giorgio (1942,
Italia); ZIZEK, Slavoj (1949, Eslovenia); NANCY, Jean Luc (1940, Francia); BERARDI,
Franco (1949, Italia); BUTLER, Judith (1956, Estados Unidos); MANRIQUE, Patricia
(1970, España); HAN, Byung-Chul (1959, Corea del Sur); CHOMSKY, Noam (1928,
EEUU).
[3] ARAKAKI, Agustín, “La pobreza en Argentina 1974-2006.
Construcción y análisis de la información. Restricciones Metodológicas”, Centro
de estudio de población, empleo y desarrollo (CEPED), Doc. N° 15, agosto 2011,
p. 5.
[4]
“Durante las últimas cuatro décadas la economía mundial ha experimentado varias
transformaciones radicales (y la Argentina ha participado de esta tendencia
desde 1976). Los cambios en las formas de producción a escala global instalaron
un fenómeno de “competencia” entre los países desarrollados y periféricos por
insertarse en esta nueva lógica. La producción asociada a las cadenas globales
de valor generó una considerable incorporación de mano de obra en los países de
la periferia (frecuentemente, en empleos de baja calidad); al mismo tiempo,
produjo una caída notable de la participación de los salarios en el ingreso,
particularmente en los países desarrollados. En muchos casos también tuvo lugar
un debilitamiento de las organizaciones que defienden los derechos de las y los
trabajadores”. AAVV, “Agenda urgente para
una sociedad de trabajo”, issuu.com/bancariabancario/docs/agenda_urgente_para
_una_sociedad_de, Análisis N° 43, 2019, p. 6.
[5]
BERARDI, Franco, “Crónica de la
Psicodeflación #1”, Caja Negra Editora, Crónica del 13 de marzo,
cajanegraeditora.com.ar/blog/cronica-de-la-psicodeflacion, consultado el
21/02/2020.
[6] BARNÉS, Héctor G., “Lo único que
pone de acuerdo a las élites y Podemos: la renta básica universal”, ACV, Alma, Corazón y Vida, www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2017-01-23/renta-basica-davos-odemos_1319396,
consultado el 23/09/2020. Este titular fue en ocasión de la reunión de Davos
2017.
[7] BREGMAN, Rutger, “Utopía para realistas”, Editorial
Salamandra, Colección Narrativa, Barcelona, 2017.
[8] “Las variantes de IBU
combinan diferentes modalidades de cobertura, grados de incondicionalidad, pero
fundamentalmente ya no son entendidos como el único criterio de justicia
distributiva, lo que quiere decir, entre otras cosas, que las actuales
variantes de IBU consideran la existencia de diversas imposiciones tributarias,
además de la requerida para financiar los ingresos básico.” (AVARO, Dante, “Ingreso Básico Universal: cuántos lo
recibirían hoy si se hubiese lanzado en 2004”, texto elaborado con la
colaboración de Juan Barce, ámbito,
www.ambito.com/opiniones/ingreso-basico-universal/cuantos-lo-recibirian-hoy-si-se-hubiese-lanzado-2004-n5105470,
consultado el 23/09/2020).
[9] URIBARRI, Iñaki, “Entrevista: Lluís Torrens
Mèlich”, en Galde 18,
primavera/2017, www.galde.eu/es/entrevista-lluis-torrens-melich, al 06/04/2020.
[10] RAVENTÓS, Daniel, ARCARONS, Jordi, TORRENS, Lluís, “La renta básica incondicional y
cómo se puede financiar. Comentarios a los amigos y enemigos de la propuesta”, Red
Renta Básica, www.redrentabasica.org/rb/la-renta-basica-incondicional-y-como-se-puede-financiar-comentarios-a-los-amigos-y-enemigos-de-la-propuesta,
consultado el 28/04/2020.
[11] “Según estimaciones
de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se prevé que
la actividad económica de la región se contraiga el 5,3% en 2020. En la medida
en que la dinámica de la pandemia se prolongue y las medidas de distanciamiento
físico sigan siendo necesarias, cabe esperar que la contracción sea mayor a la
proyectada. La fuerte caída del producto interno bruto tendrá efectos negativos
en el mercado de trabajo y para 2020 la CEPAL proyecta un aumento de la tasa de
desocupación de al menos 3,4 puntos porcentuales, hasta alcanzar una tasa del
11,5%, lo que equivale a más de 11,5 millones de nuevos desempleados. De profundizarse
la contracción económica, la tasa de desocupación será mayor. Según
estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la crisis
sanitaria provocada por el coronavirus y las medidas de confinamiento provocan
una pérdida de alrededor del 10,3% de las horas de trabajo en el segundo
trimestre de este año, lo que equivale a 31 millones de empleos a tiempo
completo (suponiendo una jornada de 40 horas semanales)”. (CEPAL-OIT, “Coyuntura Laboral en América Latina y El
Caribe”, Mayo 2020, N° 22, p. 5).
[12] De esta manera, se
evitaría lo que Guy Standing define como el “principio de control de
paternalismo”: Una política de bienestar no es justa si impone controles sobre
la conducta de los más débiles y necesitados que no se imponen sobre la de los
más fuertes.
[13] Esta idea no es nueva, ya Thomas
Paine había afirmado en su escrito
intitulado “Agrarian Jutice” de 1795: “… it is a right, and not a
charity, that I am pleading for….To create a National Fund, out of which there
shall be paid to every person, when arrived at the age of twentyone years, the
sum of fifteen pounds sterling, as a compensation in part, for the loss of his
or her natural inheritance, by the introduction of the system of landed
property” (…
es un derecho, y no caridad, por lo que estoy alegando ... Crear
un Fondo Nacional, del cual se pagará a cada persona, cuando llegue a la edad
de veintiún años, la suma de quince libras esterlinas, como compensación en
parte, por la pérdida de su herencia natural, por la introducción del sistema
de propiedad de la tierra). Ver PAINE, Thomas, “Agrarian Justice”, Digital edition 1999
by www.grundskyld.dk, www.piketty.pse.ens.fr/files/Paine1795.pdf, consultado al
28/04/2020). Pero quien por primera vez habló de un ingreso mínimo para todos
fue Tomás Moro en Utopía (MORO, Tomás, “Del estado ideal de una república en
la nueva isla de Utopía”, Lovaina, Bélgica, 1516), en conversación entre un
viajero portugués y el Arzobispo de Canterbury acerca de la mejor manera de
luchar contra los ladrones no es el castigo sino asegurar un ingreso mínimo (… Instead of inflicting these horrible
punishments, it would be far more to the point to provide everyone with some
means of livelihood, so that nobody’s under the frightful necessity of
becoming, first a thief, and then a corpse.)”. No obstante, según los
historiadores la tomó de su amigo valenciano Juan Luís Vives quien huyó de la
Inquisición y se estableció en el año 1512 en Brujas, y fue uno de los primeros
pensadores sobre un Estado de Bienestar. También vale citar a Condorcet, quien
fuera condenado a muerte en 1794, y en prisión escribió un libelo en el que
hablaba acerca de la reducción de la desigualdad por medio de un seguro social.
La idea fue retomada por los socialistas utópicos (1848-1849). En los primeros
años del Siglo XX Bertrand Russell escribió sobre un ingreso mínimo para cubrir
las necesarios independientemente de si se trabaje o no, acercándose totalmente
al actual concepto. Pero en líneas generales,
los objetivos que pretendían eran la erradicación de la pobreza,
reducción de la desigualdad, la injusticia social y la emancipación de la persona.
[14] Este artículo fue
originalmente publicado en Theory and Society 15 (5), 1986, pp. 635-655. El
primer borrador de este texto fue escrito en mayo de 1983 por Van Parijs bajo
el título "La transición capitalista
al comunismo: una alternativa radical" y se distribuyó para su
discusión en la tercera reunión del Grupo de septiembre (Londres, septiembre de
1983). Su objetivo era establecer un vínculo entre la primera formulación de
Van Parijs del argumento de la renta básica ("L'allocation universelle",
Ecolo-Infos, 16 de febrero de 1983) y el modelo formal de van der Veen de la
transición del socialismo al comunismo ("From Contribución a las
necesidades", Acta Politica 19, 1984). En la primavera de 1985 se finalizó
una versión ampliada, coautor de Van der Veen y Van Parijs, y proporcionó la
pieza principal del simposio publicado en Theory and Society 15, 1986, DOI:
https://doi.org/10.2202/1932-0183.1013, consultado al 23/09/2020. Philippe Van
Parijs continúa hasta el presente difundiendo la idea y se ha convertido en su
mayor defensor, entre muchos otros trabajos académicos y divulgativos, escribió
la obra filosófica dedicada a la justificación de la Renta Básica (Real
Freedom for All, editada por la Oxford University Press en 1995 y traducida
al castellano poco después como: “Libertad real para todos”,
Paidós, 1996). También fue uno de los fundadores de la asociación
internacional, la Basic Income European Network (a partir del año 2004
ya Basic Income Earth Network).
[15] Modelo estadounidense por el cual
a las personas desempleadas de larga duración se les obliga a trabajar (como
cualquier otro trabajador), adquirir experiencia y así poder reinsertarse en el
mundo laboral, estas personas están obligadas a acudir a la llamada del trabajo
no remunerado bajo amenaza de
pérdida del subsidio.
[16] Según Van Parijs hubo un debate público sobre la RB en los
EE.UU. mucho antes de que comenzara en Europa. En 1967, James Tobin, Premio
Nobel de Economía, publicó el primer artículo técnico sobre el tema (Tobin et al.,
1967) y, pocos años después, convenció a George McGovern para que promoviera
una RB –entonces llamada «demogrant»–, en su campaña presidencial de 1972 (“A Basic Income for All: To secure real
freedom, grant everyone a subsistence income”, en la Boston Review
(oct./nov., p. 5) el año 2000, traducción Pablo A. Gutierrez Villarroel, www.uahurtado.cl/wp-images/uploads/2018/01/Una-Renta-B%c3%a1sica-para-todos-asegurar-la-libertad-real-otorgando-a-todos-un-ingreso-de-subsistencia.pdf.,
consultado al 23/09/2020.
[17] Citado por Van Philips
en “Sin Permiso”, Monográfico: Renta
Básica, 2016; p. 141.
[18] Art. 1 tercer punto de
la DUDHE: “El derecho a la renta básica o ingreso
ciudadano universal, que asegura a toda persona, con independencia de su edad,
sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir
en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un
ingreso monetario e incondicional periódico sufragado con reformas fiscales y a
cargo de los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada
miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de
renta, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas”.
[19] BARBEITO, Alberto, LO VUOLO Rubén, “El “ingreso ciudadano” en la agenda de políticas públicas de la
Argentina”, Red Argentina de Ingreso Ciudadano, ingresociudadano.com.ar/breve-historia,
consultado el 23/09/2020.
[20] Íd.
[21] Íd.
[22] Según Nota Técnica nro. 23 “Empleo e
Ingresos-Asignación Universal por Hijo en Argentina”, perteneciente al Informe
Económico nro. 70 del cuarto trimestre de 2004. Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas de la República Argentina.
[23] GARGARELLA, Roberto, “El republicanismo y la
filosofía política contemporánea” en Teoría
y filosofía política. La recuperación de los clásicos en el debate
Latinoamericano, Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO),
Buenos Aires, 2001, p. 26, bibliotecavirtual.clacso.org.ar/clacso/se/20100613042507/3gargare.pdf,
consultado al 28/04/2020.
[24] “PRONUNCIAMIENTO DE LA PLATAFORMA sobre el
caracter de la RBU-24-07-14”, Plataforma de Sevilla y provincia por la Renta
Básica Universal, sites.google.com/site/ilprentabasicasevilla, al 28/04/2020.
Según esta plataforma, para los crecentistas, los recursos
destinados a paliar la pobreza son tenidos por "gasto social",
mientras que lo que se destina a acrecentar directa o indirectamente el consumo
despilfarrador e insostenible ecológicamente se considera "inversión
productiva". Por otro lado, hay quienes sostienen que la RBU va a evitar que se hagan inversiones
con él fin de crear empleo que implique la destrucción del medio ambiente y
entonces, como derecho económico se convierte en el eje fundamental de la
sostenibilidad.
[25] SIRVENT, Ma. Teresa, “Múltipobrezas, violencia y educación”, en IZAGUIRRE, I. (coord. y
comp.), Violencia social y Derechos
Humanos, Eudeba, Buenos Aires, 1996, p. 198.
[26] Financiar los IBU con el
IVA parece interesante porque permite establecer un marco de transición fiscal
de varios años (…). Un horizonte de transición fiscal holgado permite
iniciar un proceso de justicia distributiva ordenado,
institucionalizado y argumentado, al tiempo que atender la urgencia de los
grupos más desfavorecidos de la sociedad (AVARO, op. cit.).
[27] Nota informativa
preparada para la segunda reunión de la Comisión Mundial sobre el Futuro del
Trabajo OIT, 15-17 de febrero de 2018#12, Grupo 6: La futura gobernanza del
trabajo, Enfoques innovadores para
garantizar una protección social universal para el futuro del trabajo, www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---cabinet/documents/publication/wcms_618377.pdf,
p. 5 y 6.
[28] Ver
FELPERÍN, Marta, MARTÍNEZ, Juan Pablo, “Renta
Básica Universal. Una alternativa posible”, Rubinzal-Culzoni on line, RC D 2857/2020.
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