Mempo Giardinelli - diario "Página 12" - Periodista, docente y escritor. Es Doctor Honoris Causa por la Universidad de Poitiers, Francia.
En los últimos días
del año recién terminado, y a la luz de artículos y declaraciones en redes de
destacados analistas, puede afirmarse que la vida política fue enriquecida a
partir de textos firmados por respetados comunicadores como Jorge Elbaum, Néstor
Piccone o Alfredo Zaiat.
Para esta columna,
no obstante, fue imposible no cuestionarse lo que parece más absolutamente
trascendental:
*** el probable delito de Traición a la Patria, normado
por la Constitución Nacional en los artículos 29 y 119.
El primero de ellos
establece que la traición contra la Nación consistirá únicamente en "tomar
las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y
socorro".
Texto que es completado taxativamente en el Artículo 29:
***"El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni
las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia,
--- facultades
extraordinarias,
--- ni la suma del
poder público,
--- ni otorgarles sumisiones
o supremacías
--- por las que la vida, el honor o las fortunas de los
argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna.
*** Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad
insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la
responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria".
Y lo cual se
completa con el Artículo 119:
*** "La traición contra la Nación consistirá únicamente en
tomar las armas contra ella, o en unirse
a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro.
--- El Congreso fijará por una ley especial la pena de este
delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del
reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado".
Esta limitación, que
curiosamente no está siendo considerada como fundamental en las graves horas
que vive esta república, no deja ningún tipo de dudas.
No se permiten
facultades extraordinarias ni se admite otorgar la suma del poder público a
nadie y bajo ninguna justificación.
Tampoco autoriza a
otorgar poderes mediante los cuales la vida, el honor o las fortunas de los
argentinos queden a disposición del gobierno o de personas, por lo que todos
los actos en tal sentido son absolutamente nulos.
Ya en los últimos
dos días del hoy lejano 2022, diversos legisladores y referentes partidarios
expresaron rotundas negativas a conceder “súper-poderes” al entonces
presidente Alberto Fernández,
quien había enviado al Congreso un proyecto de "Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva" que fue
ampliamente rechazado, al punto que ni siquiera hubo acuerdos para debatir esa
iniciativa porque, se argumentó,
--- "pedir poderes extraordinarios va
contra la Constitución Nacional".
Y es que, en
efecto, el Congreso no está
habilitado para entregar “facultades extraordinarias” ni al Presidente ni a sus
ministros.
La Carta Magna
establece inapelablemente que no son admisibles “ni la suma del poder público”,
ni cualesquiera “sumisiones o supremacías”.
Y más aún, se
establece que “actos de esta
naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los
formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames
traidores a la patria”.
Por cierto, el texto
de esta importantísima norma constitucional jamás fue modificado y rige
textualmente desde la primera Constitución, en 1853, quedando subrayado
que "quienes se atrevan"
a modificarla serán declarados “traidores a la patria”.
Y a mayor abundamiento,
la última reforma —de 1994—, con todas las fallas que tiene en este punto es
contundente:
*** “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las
Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades
extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o
supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos
queden a merced de gobiernos o persona alguna”.
Aquel proyecto
enumeraba medidas destinadas a enfrentar la crisis económica y pretendía
otorgar amplias facultades al Poder Ejecutivo para dar ciertos pasos sin
consultar antes con el Poder Legislativo.
A eso se opusieron
medios importantes como el diario La Nación, que militó firmemente en contra y
que ahora es de esperar que también lo haga y con igual firmeza porque,
jurídica y mediáticamente, sin dudas se trata de un asunto teórico y
doctrinario pero sobre todo tiene que ver —y especialmente en el caso actual—
con que el presidente Milei ahora pretende, de hecho, la suma del poder
público, asunto que compromete la
existencia misma de la república.
Hay que decir,
también, que precisamente lo más importante de la pretensión presidencial no
son sólo sus posiciones políticas —discutibles democráticamente— sino sus
pretensiones absolutistas respecto
de la suma del poder público, como él mismo dejó en claro con su ristra
de pretensiones ejecutivas y legislativas. Lo que puede ser gravísimo porque
quebraría peligrosamente fuertes tradiciones centenarias.
Por eso bueno sería,
a este respecto, que así como el pueblo ha sabido adaptarse innumerables veces,
también él tendrá que morigerar sus
pretensiones absolutistas y muy en especial cuando la sola enumeración de sus "ideas" propone la disolución misma
de la República Argentina.
En este punto, esta
columna toma muy en cuenta las concepciones intelectuales de colegas como los
arriba mencionados, en cuyas conductas y conocimientos se sintetizan, por
ejemplo, las tradiciones de la Patria con visiones universalistas e
integradoras, de manera de explicar y armonizar concepciones clásicas de la
política, la economía y la convivencia social en un país ya abusado y sometido
innumerables veces y cuyo pueblo, exhausto y harto, ha sido perversamente
confundido en los últimos procesos electorales, por lo menos de 2015 para acá.
Descalificar toda suma del poder público, entonces, es un
imperativo categórico.
Y el presidente
debería aceptarlo, incluso para dar señales positivas de convivencia. Porque la
avalancha de DNUs con que debutó días atrás expresó, en cambio, una línea de pensamiento entre burda y torpe que,
en realidad, parece inconducente e impracticable más allá de la alarma que ha
generado.
La república está,
entonces, en un punto de inflexión en el que es urgente y necesario que —si
pretende demostrar verdaderas cualidades de estadista— Milei tendrá que
serenarse y dialogar, sintiéndose a sí mismo más cercano a un amigable gato de
living que a un irritable perro de cualquiera de las razas feroces que él
parece preferir.
Y además, y
retornando del mundo animal, bueno sería que se maneje en correspondencia con
el Congreso y sobre todo respetando
la Constitución Nacional, terminando así con su autoritaria, amenazante
y vulgar estrategia de pretender imponer centenares de medidas amontonadas y al
boleo, cosa que ningún pueblo democrático del planeta aceptaría.
Por todo lo antes
dicho, bueno será que en el campo popular, donde tantas torpezas se cometieron,
y hubo tantos seguidismos acríticos como necedades autoritarias, ahora se
cambie todo y, por lo menos y por una vez, resulte imperativo trabajar para
garantizar un gran acto con pacífica movilización el próximo día 24, y desde ya
descalificando todo intento de cambio de fecha así como disputas respecto de
oradores quemados —hay que decirlo— y de pobre representatividad.
A ver si alguna vez
el campo popular presenta y respeta una lista de oradores que sean pocos, de
unánime aceptación y además muy respetados y bien concretos.
Que eso también es
hoy fundamental para esta república, y especialmente para el hiper-sufrido y
abusado pueblo argentino.
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