DISCRIMINACIÒN DE LA MUJER - DECLARACIÒN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
Esta Declaraciòn tiene como uno de sus principios fundamentales el de no discriminación, estableciendo que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, como así también que toda persona puede invocar todos los Derechos y Libertades establecidos en esta Declaración Universal de Derechos Humanos, sin distinción alguna; ergo, sin distinción de sexos.-
También determina que los estados partes están obligados a garantizar tanto al hombre como a la mujer el goce en igualdad de condiciones de los Derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos.-
En este caso la obligación del estado parte esta fundada en el principio de progresividad positiva, en tanto y en cuanto le fija objetivos a lograr.-
Los estados partes no pueden permanecer inactivos o solo evitar las discriminaciones, deben accionar para promover las condiciones que permitan la igualdad de generos.-
En el último párrafo del art. 25 ampara específicamente la maternidad.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario